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Si trabajas en finca, como péon agrícola, empacador/a,
en ganadería o brindás servicios "por cuenta propia" a
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CEETSA (Categoría Especial para Trabajadores Temporales del Sector Agropecuario, Agroindustrial o Agroexportador)
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LO QUE DEBES DE SABER PARA 
REGULARIZARTE A CON EL DECRETO AGRICOLA

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PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER AL CETTSA

¿Cuál es el Objetivo del Decreto? La Categoría Especial para Trabajadores Temporales del Sector Agropecuario, Agroexportador o Agroindustrial (CETTSA) tiene como objetivo regularizar a las personas migrantes trabajadoras de los sectores agropecuario, agroexportador o agroindusitrial, rubros que debido al estado de emergencia nacional por el COVID-19 se han visto afectados por la carencia o insuficiencia de mano de obra. ​

¿Cuáles Serán los Beneficios? Esta categoría especial dará derecho a la persona extranjera a permanecer en el país durante el plazo de un año, contado a partir de la fecha de la resolución que aprueba el trámite, así como a laborar exclusivamente en actividades agropecuarias, agroexportadoras o agroindustriales.

Quiénes Pueden Aplicar?

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Las personas extranjeras que trabajan o planean trabajar en actividades agropecuarias, agroexportadoras o agroindustrial, con patrono o independiente, que brinden servicios por “cuenta propia” en la producción de bienes y servicios como la producción, cultivo, cosecha, cría y reproducción de recursos vegetales y animales.​
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​Será aplicable únicamente para personas extranjeras que hayan ingresado al territorio nacional entre el 15 de enero de 2016 y el día 15 de enero de 2020, desempeñarse en los sectores agropecuario, agroexportador o agroindustrial.
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​​Las personas que hayan solicitado la condición de refugiado o cualquier otra categoría migratoria, podrán solicitar el otorgamiento de la CETTSA y renunciar a esa petición pendiente para acogerse a esta nueva categoría.
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​​Las personas que laboren por cuenta propia, por medio de declaración jurada que rendirán ante el MAG, se inscribirán en la base de datos de este Ministerio. El MAG emitirá una certificación de la inscripción del trabajador por cuenta propia. 
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​Todas las personas que opten por la CETTSA, no deberán contar con antecedentes penales en Costa Rica o en algún otro país.

Requisitos para Solicitud | CETTSA

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​Para presentar su solicitud de la CETTSA primero Usted debe registrarse en la base de datos del MAG.
Para eso debe llamar
al 1311
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Llenar y firmar FORMULARIO DE SOLICITUD con sus datos personales y un medio para recibir notificaciones. Debe firmar en presencia del funcionario público, también puede ser autenticada por un abogado o transmitida mediante documento electrónico según las disposiciones de la Ley de Certificados, Firmas Digitales, y Documentos Electrónicos. Formulario es suministrado por la DGME y el MAG. En el formulario debe incluir declaración jurada del patrono indicando que la persona solicitante de la CETTSA se dedicará exclusivamente a actividades agropecuarias, agroindustriales o agroexportadoras. 
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Cualquiera de los siguientes documentos que comprueben su identidad: certificado de nacimiento apostillada o legalizada por Cancillería (Ministerio de Relaciones Exteriores), vigente o vencida; certificado de identidad emitido por el Consulado de su país de origen o su cédula de identidad. Si Usted es una persona trabajadora asalariada debe aportar contrato de trabajo firmado por Usted y su patrono, la firma debe ser validada por el funcionario que recibe los requisitos o autenticada por un abogado. Contrato debe indicar el nombre, nacionalidad y número de identificación de la persona extranjera solicitante, las tareas que realizará, el horario, el salario a devengar y el lugar donde prestará sus labores.
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​Declaración jurada en que se indique que no cuenta con antecedentes penales. 
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Presentar cualquiera de los siguientes documentos que demuestre haber ingresado a Costa Rica entre el 15 de enero del 2016 y el 15 de enero de 2020: Fotocopia de las páginas del pasaporte, Permiso Vecinal, documento de inscripción en algún centro educativo; matrícula y certificación de nacimiento de alguno de sus hijos en algún centro educativo de Costa Rica. 
Cualquier documento que demuestre trámites en alguna entidad pública costarricense como movimientos migratorios emitido por Migración; documento de trámite ante la DGME que a la fecha de emisión Decreto Ejecutivo no haya sido resuelto. O bien una declaración jurada por patrono donde se haga constar que Usted ha laborado para él entre el 15 de enero de 2016 y 15 de enero de 2020.

Resolución, Vigencia, Costos

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Plazo de Resolución: ​3 Meses
COSTOS DE TRÁMITES: U$ 60 DOLARES
Vigencia: 1 año | Renovación 2 Años

En caso de que la solicitud sea aprobada, la DGME entregará un carné de permiso laboral.

Resolución: La DGME resolverá las solicitudes en un plazo máximo de 3 meses, contados a partir de recibida la solicitud (máximo 22 de diciembre de 2020).

En caso de que su petición sea denegada, Usted puede apelar en el Tribunal Migratorio Administrativo, según establecen los artículos 221 y siguientes de la Ley de Migración y Extranjería.

Vigencia: Su permiso laboral será aprobado por primera vez, por un período de un año y su renovación será por períodos de dos años.

La entrega del documento de acreditación es personal; el proceso requiere la toma de fotografía y firma de la persona solicitante.
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Requisitos para la documentación. Una vez que se autorice la CETTSA, se contará con 10 días hábiles para presentar ante el MAG los siguientes requisitos por cada una de las personas extranjeras a la que se autorice la categoría especial:
Costos:
a) Comprobante de pago a favor del Gobierno por $30 o su equivalente en colones, por la emisión del documento que acredite la permanencia legal.
b) Comprobante de pago a favor del Gobierno por $25 para el Fondo Social Migratorio por trámite o renovación de documento.
c) Comprobante de pago a favor del Gobierno por $5 para el Fondo Social Migratorio (FSM), un pago anual de los regularizados.

Renovación. Se deberá aportar:
​a) Comprobante vigente del seguro de la CCSS, como trabajador independiente o como asalariado.
b) Los otros requisitos de la documentación anterior (comprobantes de pagos).

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CAMPAÑA COLABORATIVA
COVID-19 ​COSTA RICA Y NICARAGUA
FAMILIAS BINACIONALES
DERECHO LABORAL Y MIGRACION

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Notas y Recursos de Interés:
​1. Nota de Prensa del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica (MAG) | 22, Junio 2020
​
2. Decreto Agrícola No. 42406-MAG-MGP | 23, Junio 2020 
3. Formulario para Aplicar a Empleo Agrícola (MAG y MTSS) 2020
4. Video Tutorial: Cómo llenar el Formulario para aplicar a Empleo Agrícola (MAG y MTSS) 2020

Conversatorio Oportunidad de Regularización | Decreto Agrícola Migratorio, Costa Rica 2020

Agosto 2020 | Enlaces Nicaraguenses, COPADEH, La Nueva Prensa Costa Rica
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Enlaces Nicaragüenses, 2003-2024
San José, Costa Rica
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